Fecha: 18 de octubre de 2011 11:24
Señores Cybermar;
Desde hace un tiempo recibo sus correos e interesantes resumenes sobre
diferentes temas; Hoy he leido el comentario que hace referencia a que las
funciones y personas propieas de los sectores marìtimo y portuario esten en
cabeza de una sola entidad: El MInisterio de Transporte incluida la gente;
Desde hace algun tiempo he estado al frente de la catedra de Derecho
Marìtimo en Pregrado en la Universidad Javeriana de Cali y uno de los temas
que han sido objeto de analisis es justamente el de la gente de mar, desde
su formacion y la normatividad que los rige incluida su seguridad
social.... Ahora dos de mis alumnos estan trabajando su tesis de grado
sobre "El Regimen juridico de la Gente de mar en Colombia". vamos a ver
què tantos interrogantes resultan....
El tema laboral de los trabajadores Marìtimos ( Gente de mar, pescadores y
Trabajadores Portuarios - acuerdo OIT) debe atenderlo diligentemente el
Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, y el tema del AVAL para los
diferentes Centros de Formacion de dichos trabajadores; el MInisterio de
Educacion, que son las CABEZAS juridicamente hablando de estas activiades.
si el Ministerio de educacio requiere el concepto previo de DIMAR ( no debe
ser obligatorio) y no puede ser DIMAR la entidad que decide exclusivamente
sobre "quien" puede o no promover un centro de formacion. La gente de mar
se educa bajo la ley de educacion en colombia y los centros de formacion
debe certificarlos y avalarlos el Ministerio aun cuando desde leugo
requieren de pensum academicos especializados.
En la practica todos los asuntos ( problemas) que resultan y que deben
atender estas entidades del Estado - por competencia legal- se lo "delegan"
discrecionalmente a la DIMAR; pues al interior de dichas entidades nadie
quiere conocer y hacerse cargo de la realidad de nuestro pais y enfrentar
como se debe los retos que ambos componentes ( la gente y las naves)
demandan.
Las naves y la infraestrcutura para su operacion ( como modo de transporte
) deben estar sujtas al organo rector del Trasnporte en Colombia que es
Mintransporte, los trabajadores marìtimos -deben estar bajo la tutela del
Mintrabajo y para la Educacion de esos trabajadores debe fijar las reglas
el Mineducacion..... reglas de juego ( normatividad - reglamentacion)
clara y coherente con la realidad del mundo globalizado en que nos
movemos... .... En fin es solo una reflexion .... ;
Cordialmente;
_________________________________________________
Gloria Inés Hurtado Langer | Socia
GHL LEGAL - HURTADO LANGER ABOGADOS | www.ghl-legal.com
Cordinadora Posgrado Derecho Comercial -
Pontificia Universidad Javeriana -Cali
Av. 4N No. 6N - 67 Of. 708 Ed. Siglo XXI | (572) 6618013 | Cali -Colombia
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